Tras dos meses de la hasta hoy inoficiosa aprobación de la suspensión del alcalde de Trujillo, Arturo Fernández, este martes 14 de noviembre el Concejo Provincial volverá a reunirse, esta vez para decidir la vacancia de la autoridad debido a la sentencia consentida en su contra por el delito de difamación agravada.
La cita está programada para las 10 de la mañana. De no haber inconveniente, la reunión debería realizarse sin mayor contratiempo. Sin embargo, tal y como sucedió en la primera cita para la suspensión, el alcalde podría disponer una nueva fecha a fin de seguir dilatando su permanencia en la Municipalidad Provincia de Trujillo.
Respecto de la probable votación, se espera que para hoy los nueve regidores por Somos Perú, los tres de Alianza para el Progreso (APP), los dos de Trabajo más Trabajo y el representante de Renovación Popular, se decidan a favor de la vacancia, tan igual que en la votación de suspensión que logró la unanimidad del Concejo.
Aunque se trata de otro día clave para el futuro de Trujillo, la incertidumbre se centra en los procedimientos posteriores y la capacidad del Concejo para lograr que este veredicto llegue al Jurado Nacional de Elecciones, que es finalmente el único ente que tiene la atribución de valorarlos y quitarle al alcalde Arturo Fernández las credenciales de autoridad, y no ocurra lo mismo que con la suspensión cuyos actuados no han llegado siquiera al organismo electoral.
Como se recuerda, la semana pasada, tras la protesta de un grupo de ciudadanos que exigía en la puerta de la sede del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) pronunciarse definitivamente sobre el pedido de suspensión contra el alcalde de Trujillo, Arturo Fernández Bazán, el máximo ente electoral sorprendió a todos al revelar que el Concejo Municipal no les ha remitido ningún pronunciamiento para resolver.
“Hasta la fecha, el JNE está a la espera de los pronunciamientos del Concejo Provincial (de Trujillo) tanto en los expedientes de suspensión como en los de vacancia actualmente en trámite”, indicó el máximo ente electoral en un comunicado a nivel nacional, develando así la ignorancia del Concejo Municipal en cuanto a los procesos y plazos para hacer efectivas sus decisiones.
El JNE explicó al Concejo Municipal, que Ley Orgánica de Municipalidades (Ley N.° 27972), en el numeral 10 del artículo 9, establece que corresponde al Concejo Municipal DECLARAR la vacancia o suspensión de los cargos de alcalde y regidor.
Indicó que el artículo 23 de dicha ley, dispone que la vacancia de un alcalde o regidor es declarada por el Concejo Municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado.
Finalmente, dijo que corresponde al Concejo Provincial de Trujillo, como escenario de primera instancia, resolver la solicitud de suspensión y vacancia del alcalde de Trujillo. Y, sorprendió al revelar que, hasta la fecha, el JNE está a la espera de los pronunciamientos del Concejo Provincial tanto en los expedientes de suspensión como en los de vacancia actualmente en trámite.
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