
A partir de este jueves 17 de abril, entró en vigencia la prohibición de circulación con dos personas en motocicleta en las regiones de Lima Metropolitana y el Callao, como parte de las disposiciones del estado de emergencia prorrogado por 30 días. Esta medida fue oficializada mediante el Decreto Supremo N.° 046-2025-PCM, emitido por el gobierno de Dina Boluarte.
El decreto establece que, durante el periodo comprendido entre el 17 de abril y el 17 de mayo, los vehículos menores de las categorías L1 y L3 podrán circular únicamente con el conductor, restringiendo la presencia de acompañantes. Esta acción forma parte de los esfuerzos para reducir la criminalidad en ambas jurisdicciones.

Uno de los puntos centrales de la normativa es la limitación del uso de accesorios en el casco que impidan la identificación visual del conductor. Según el dispositivo legal, cualquier implemento que cubra el rostro total o parcialmente será considerado una infracción al reglamento de tránsito, sujeta a intervención policial.
Durante la vigencia de esta disposición, la Policía Nacional del Perú (PNP) y las Fuerzas Armadas (FF.AA.) estarán a cargo de ejecutar controles preventivos y operativos administrativos. Si bien se han autorizado intervenciones en casos de incumplimiento, no se contempla aún la imposición de multas administrativas, lo que ha generado cuestionamientos sobre la viabilidad de su aplicación.
El general Felipe Monroy, jefe de la Región Policial Lima, explicó que los infractores serán intervenidos e identificados, pero aclaró que no podrán ser sancionados administrativamente, a menos que la conducta detectada configure un presunto delito. Esto ha generado incertidumbre en torno a la eficacia de la norma.
Diversos alcaldes han expresado preocupación por la falta de precisión en la aplicación. Francis Allison, alcalde de Magdalena, cuestionó la capacidad operativa de las FF.AA. para hacer cumplir la norma, indicando que muchos de sus miembros carecen de movilidad y equipos de comunicación para responder ante situaciones delictivas en motocicletas.
Por su parte, Felipe Castillo, alcalde de Los Olivos, sostuvo que la efectividad de la medida dependerá de un reglamento claro y del involucramiento de los gobiernos locales, quienes deberían emitir ordenanzas específicas para el control de vehículos menores en sus jurisdicciones.
El Decreto Supremo también establece excepciones a la norma: podrán circular con acompañante únicamente miembros de las fuerzas del orden, serenazgo y personal autorizado. Además, el Ejecutivo exhortó a las municipalidades a colaborar con la fiscalización e identificación de infractores, en coordinación con las autoridades policiales.
A pesar de la entrada en vigor del decreto, numerosos motociclistas aún circulan con acompañante, y no se han registrado acciones concretas de fiscalización en muchos sectores. El debate sobre la implementación continúa abierto, en tanto la medida se enfrenta a retos logísticos, normativos y de coordinación interinstitucional.