Renovación Popular pide apartar a dos magistrados del JNE de procesos electorales en Lima

Renovación Popular presentó dos solicitudes ante el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para que el presidente de este organismo, Roberto Burneo, y el magistrado Gunther Gonzales se aparten de los procedimientos relacionados con la proclamación de resultados de las elecciones municipales de Lima Metropolitana, en las que Rafael López Aliaga participa como candidato a primer regidor. 

En el caso de Burneo, la agrupación sostiene que el titular del organismo electoral no tendría suficiente objetividad para intervenir en estos procedimientos. Como argumento, menciona la denuncia presentada por la Procuraduría del JNE contra López Aliaga y Carlos Álvarez, debido a expresiones de connotación sexual dirigidas al presidente de la institución. El pedido también comprende al magistrado Gunther Gonzales. 

Según Renovación Popular, algunas de sus actuaciones, entre ellas sus reiterados votos en minoría y declaraciones públicas, pondrían en cuestión su imparcialidad en los procedimientos electorales. Los cuestionamientos contra Burneo se producen en medio de los enfrentamientos públicos con López Aliaga. En abril de 2026, después de la primera vuelta de las Elecciones Generales, el entonces candidato presidencial acudió a los exteriores del JNE para denunciar un supuesto fraude electoral y acusó al titular del organismo y a otras autoridades de conspirar en su contra. 

En esa ocasión, no presentó pruebas que respaldaran sus afirmaciones. Posteriormente, el 28 de octubre, el JNE condenó las alusiones de connotación sexual que Carlos Álvarez realizó contra Burneo. Tres días después, la Procuraduría del organismo presentó una denuncia contra el comediante y López Aliaga por esas expresiones. En sus solicitudes, Renovación Popular pidió que el Pleno del JNE emita un pronunciamiento debidamente motivado y garantice los principios de imparcialidad, objetividad y transparencia. La agrupación también señaló que la evaluación de sus pedidos no debe afectar la continuidad ni los plazos de los procedimientos electorales pendientes. 

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