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JNE declara infundado pedido de alcalde de Trujillo y todo quedó listo para su audiencia

El pedido de recusación contra los miembros del JNE pretendía una vez más dilatar el proceso de suspensión cuya decisión podría alejar al alcalde Fernández de la alcaldía de Trujillo
Carlos Roque 08/01/2024 2 minutes read

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundada la recusación presentada por Jean Paul Silva León, abogado del sentenciado alcalde de Trujillo, Arturo Fernández Bazán, contra los magistrados Jorge Salas Arenas, Willy Ramírez, Jovian Sanjinez y Aarón Oyarce, integrantes del Pleno.

De esta manera, todo quedó listo para que este martes 9 de enero, a las 9 de la mañana, se realice la  audiencia en la que resolverá finalmente la apelación presentada por el alcalde de Trujillo al pedido de su suspensión en su contra, y cuya decisión podría alejarlo del cargo.

Resolución del JNE que resuelve declarar infundada la recusación presentada por la defensa del alcalde de Trujillo, Arturo Fernández.
Resolución del JNE que resuelve declarar infundada la recusación presentada por la defensa del alcalde de Trujillo, Arturo Fernández.

Este pedido de suspensión contra el alcalde se originó luego que fue condenado por difamación agravada contra la oficial PNP Nataly Rojas, a quien insultó y ofendió en una trasmisión en vivo vía redes sociales. La sentencia fue confirmada en segunda instancia.

LA ÚLTIMA JUGADA

La recusación presentada por la defensa de Fernández apuntaba a que dichos miembros del JNE habían emitido una resolución definitiva validando la sesión extraordinaria del Concejo Municipal de Trujillo del 20 de noviembre de 2023, en la cual se ratificó por unanimidad la suspensión del cargo de Fernández Bazán al tener sentencia en segunda instancia por difamación.

El letrado Jean Paul Silva argumentó que esa sesión edil no fue convocada por el alcalde, se realizó en lugar distinto a la sala de reuniones y ya había sido postergada por el burgomaestre mediante solicitud de queja ante el JNE.

Ante la desestimación por parte del JNE de dicha queja por defecto de trámite el 21 de diciembre, la defensa consideró que el Pleno emitió un pronunciamiento adelantado y definitivo que no dejaba opción a que el caso se viera en segunda instancia administrativa.

Por ello, Silva León pidió apartar del proceso a Salas, Ramírez, Sanjinez y Oyarce para que el recurso de queja del alcalde suspendido sea revisado y resuelto nuevamente con otros magistrados. Argumentó que el JNE no puede dar decisiones definitivas en procesos aún en trámite.

Sin embargo, el JNE declaró infundado este pedido de recusación, ratificando la validez de la sesión cuestionada. 

TAMBIÉN PUEDES LEER:

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