Juez de Trujillo dicta ingreso de paciente de Covid-19 a UCI

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Juez Manuel Vargas Guerra ordenó a hospital de EsSalud, vía medida cautelar, el ingreso de paciente de prioridad III a cama UCI, además de disponer el ingreso de personal ajeno al centro de salud para control del enfermo. Gerente regional de Salud considera que la medida crea un mal precedente que favorecería a quienes pueden acceder a autoridades judiciales, sobrepasando las regulaciones sanitarias del Minsa en plena pandemia.

09 de febrero de 2021






El juez Manuel Eliseo Vargas Guerra, de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, dictó una medida cautelar ordenando que un paciente de COVID-19 sea ingresado en la unidad de cuidados intensivos del hospital de EsSalud Alta Complejidad Virgen de la Puerta (La Esperanza, Trujillo).

La medida se dicta a consecuencia de la demanda contra la Dirección General de Salud. Y es que la familia del paciente, internado en el hospital de Alta Complejidad desde el pasado 28 de enero con neumonía por COVID-19, señala que ha ido agravando y el pasado 4 de febrero pasó a Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) a espera que se le asigne una cama, algo que no se produjo por estar catalogado como prioridad III. Según la familia, esto significa que la prioridad a dicha atención es para personas de menor edad que el paciente.

El juez Vargas Guerra consideró que el paciente estaba siendo vulnerado en sus derechos y dispuso que ya no sea considerado como prioridad III para que tenga iguales derechos que cualquier otro paciente y acceder a una cama UCI.

El magistrado pidió además que se autorice (ver oficio) el ingreso de un ventilador mecánico para el paciente, adquirido por la familia, y que se autorice el ingreso de un personal particular para monitorear el uso del equipo ante la falta de personal del hospital.

Rechazan la medida

Conocido el hecho, el gerente regional de Salud de La Libertad, Fernando Padilla, mostró su rechazo a la medida judicial por atentar contra las disposiciones de acción y protocolo durante esta pandemia.

“Rechazo categóricamente la medida cautelar porque vulnera y rompe los protocolos dispuestos en pandemia. No se puede ordenar que se ingrese a un externo a ejercer prácticas médicas. Se vulnera el trato igualitario de los pacientes. Marcaría un mal precedente porque favorecería a unos sobre otros”, dijo la autoridad de Salud mostrando preocupación por el riesgo que significaría que algunos con capacidad de acceder a beneficios judiciales puedan obtener prioridad sanitaria sobrepasando los propios parámetros de los entes de salud.

¿Se abre debate ético o se invade competencias?

No se trata del primer caso que involucra este tipo de decisiones que deciden la preferencia de atención entre uno y otro paciente. Los sistemas de Salud de todo el mundo han actuado, con regulaciones diversas, tomando este tipo de decisiones forzadas por la gravedad de la pandemia.

En el Perú en junio de 2020 el Ministerio de Salud publicó el documento técnico “Consideraciones éticas para la toma de decisiones en los servicios de salud durante la pandemia Covid-19”, material elaborado por un grupo asesor en aspectos bioéticos.

El documento técnico (de uso Minsa y EsSalud) definió 17 recomendaciones para “guiar la acción profesional en la identificación y manejo de los problemas éticos en situaciones clínicas”. Y fijó un cuadro de criterios de priorización para decidir el ingreso de los pacientes a cuidados intensivos, donde I es la prioridad catalogada con mayor posibilidad de recuperación y 4 donde el ingreso a UCI no siempre se indica.

Entre las recomendaciones del Ministerio de Salud para guiarse en el manejo de problemas éticos en situaciones clínicas se leen los siguientes puntos:

1- Todos los pacientes, Covid-19 y no Covid-19, tienen derecho a acceder al sistema de salud.
4- Cuando se agoten los recursos, el equipo de salud debe aplicar criterios de priorización.

6- En condiciones de escasez, la asignación de recursos sanitarios debe garantizar tratamientos a “pacientes con mayores expectativas clínicas de recuperación”, las cuales deben ponderarse según condición del paciente antes de estar en condición crítica. La edad y discapacidad, por sí solas, no constituyen criterios.

La guía del Minsa propone también que, “los trabajadores de salud y de actividades afines tendrán prioridad de ingreso a la UCI, siempre y cuando se encuentren dentro de los criterios”. Lo mismo, se aplica con el caso de las mujeres gestantes.

Incluso el Colegio Médico del Perú generó su propio documento “Orientaciones éticas para la toma de decisiones en la pandemia Covid-19”, que, junto a otros materiales internacionales, sirvieron de base para el Minsa.

Aquí se indica que, en situaciones excepcionales de crisis, se debe asumir enfoques distintos a los usuales, más centrados en la salud pública.

Sugiere dar prioridad en atención “a los más enfermos y los más jóvenes” y brindar soporte intensivo a aquellas personas “que tienen mayor esperanza de vida luego del tratamiento”

Al respecto, el abogado especialista en derechos humanos, Walter Albán Peralta, declaró para el portal Ojo Público sobre la importancia del documento del Minsa que fija un protocolo que guía una elección de pacientes, Manifestó que “lo que se buscó fue brindar un respaldo al personal de salud que se encuentra en las Unidades de Cuidados Intensivos y se enfrenta a situaciones críticas. Era previsible que, en nuestro país, en algún momento, faltaran camas, equipos de oxígeno o de respiración artificial. Es un problema que se ha presentado en otros países, como España, donde se elaboraron guías bioéticas. Por eso, se hizo esta guía con pautas que orienten a un médico cuando tiene varios pacientes en estado crítico y no hay recursos para todos”.

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