Acción Popular plantea que contralor sea elegido por el Congreso, sin intervención del Ejecutivo

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La congresista Karol Paredes señala que el objetivo de su propuesta es sustraer o eliminar la intervención del Poder Ejecutivo en la designación del Contralor General, “por ser contraria a la funciones y atribuciones de la Contraloría General de la República”.

 

03 de enero de 2022

 

La bancada de Acción Popular (AP) presentó un proyecto de reforma constitucional para que el Contralor General de la República sea elegido directamente por el Congreso, y ya no a propuesta del Poder Ejecutivo, como sucede ahora.

Se trata de un proyecto de ley que modifica el artículo 82 de la Constitución, presentado por la legisladora Karol Paredes Fonsesa, de AP, y que cuenta con el respaldo de seis miembros de su grupo parlamentario.
 
“El Contralor General es elegido por el Congreso con el voto favorable de dos tercios del número legal de sus miembros, por un periodo de siete años. No hay reelección inmediata. Puede ser removido por falta grave”, reza la propuesta legislativa.
 
El artículo 82 de la Constitución de 1993 establece que dicho funcionario es ratificado por el Congreso, a propuesta del Poder Ejecutivo, por un periodo de siete años. En ese sentido, repite la fórmula establecida en la Constitución de 1979, con la diferencia que en aquella la ratificación estaba a cargo del senado, en un sistema bicameral.
 
El Congreso a través de la Comisión Permanente, ratifica la designación del Contralor General y se formaliza mediante Resolución Legislativa.
 
En su exposición de motivos, la congresista Paredes señala que el objetivo de su propuesta es sustraer o eliminar la intervención del Poder Ejecutivo en la designación del Contralor General, “por ser contraria a la funciones y atribuciones de la Contraloría General de la República”.
 
A su juicio, el titular de dicha entidad requiere ser absolutamente ajeno al Poder Ejecutivo, a fin de garantizar su independencia, imparcialidad y transparencia en el ejercicio del cargo, precisamente del poder del Estado al cual debe fiscalizar.
 
Asimismo, considera que resulta lógico que sea el Congreso el que se encargue directamente de su nombramiento, pues si es el Legislativo el que aprueba en su totalidad la ley del presupuesto, sea el mismo Congreso el que elija a la persona encargada de vigilar la gestión fiscal.
 
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